Nuestro día a día17/01/2024

Nuevas deducciones fiscales para tus donativos

Gracias a las modificaciones en la Ley de Mecenazgo, los donativos que realices a Cáritas tienen unas deducciones fiscales más ventajosas.

Si estás leyendo este post, está claro que te preocupa lo que les ocurre a otras personas, aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o exclusión social.

Esta inquietud, muchas veces y en el mejor de los casos, transforma el pensamiento y la acción de las personas y hace posible mejorar y dignificar la vida de quienes se están quedando atrás. Así, el trabajo de Cáritas pudo alcanzar a más de dos millones de personas en nuestro país y más allá de nuestras fronteras solo en 2022, de las cuales, en la diócesis de Mérida-Badajoz, gracias a la ayuda de Cáritas se vieron beneficiadas más de 11.000 personas.

Aunque esa generosidad nace de un deseo genuino de ayudar, sin esperar nada a cambio, hoy celebramos que ayudar cuesta muy poco y que las modificaciones en la Ley de Mecenazgo apuntalan las desgravaciones en vigor hasta este año.

Desde este mes de enero

Desde el 1 de enero de 2024, los donativos que realices a Cáritas tienen unas deducciones fiscales que con la nueva ley de mecenazgo son aún más ventajosas *.

Si eres una persona física que hace la declaración de la renta:

  • Te deduces un 80 % de los primeros 250 euros donados, es decir, 200 euros.
  • A partir de esa cantidad, deducirás un 40 %.
  • Además, si los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, la deducción sube al 45 %.

Si eres una empresa corresponsable y solidaria, estas son las deducciones en el Impuesto de Sociedades:

  • Un 40 % de tus donaciones.
  • Si en los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, sube al 50 %.

Aún así, queremos recordar que esta es una información genérica, que puede variar según tu comunidad autónoma.

* RDL 6/2023 (Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo) publicado el pasado 20 de diciembre, incorpora modificaciones importantes en la vigente Ley 49/2002 de Mecenazgo.

Ahora tus donaciones valen más

4€ después de la desgravación fiscal

6€ después de la desgravación fiscal

10€ después de la desgravación fiscal

También puedes colaborar a través de nuestra cuenta bancaria

IBERCAJA ES12 2085 4501 1403 3032 9827

Por Bizum

Código 38121

Por teléfono

924.23.11.57